Conoce cuáles son los requisitos que necesitas para realizar la solicitud al registro de administrador de condominios
Una vez que se ha seleccionado a la persona que se desempeñará como administrador de condominio, es necesario que se realice su registro para dar formalidad a su nombramiento con la autorización de la Procuraduría Social de la Ciudad de México. Para dar inicio, necesitarás presentar los siguientes documentos:
- Documentos de identificación oficial y una copia (credencial para votar, pasaporte o cédula profesional)
- Formato de solicitud TSDOPC_ORG_4 en original y una copia simple para acuse.
- Copia simple del documento con el que acredite su personalidad el convocante. (Este requisito no aplica para el Registro de Administrador Designado por Art. 40).
- Dos fotografías tamaño infantil color o blanco y negro, iguales y recientes.
Para el Administrador de condominio, es necesario presentar:
- La Convocatoria original de la Asamblea en que fue nombrado Administrador.
- Acta de Asamblea asentada en el Libro o fojas por separado, donde sea nombrado administrador, una copia simple y original para cotejo.
- Documento con que acredite la calidad de condómino.
Para el Presidente del Comité de Administración, se deberá presentar:
- La convocatoria original de Sesión de Consejo de Administradores en el que fue nombrado Presidente del Comité de Administración.
- Acta de la Sesión de Consejo de Administradores en la que fue nombrado Presidente del Comité de Administración, una copia simple y original para cotejo.
- Constancia vigente de Registro de Administrador del Condómino.
Para el Registro de Administrador Profesional, será necesario presentar:
- Copia del Contrato de prestación de servicios profesionales firmado por los miembros del Comité de Vigilancia y el prestador de servicios.
- Copia de la Constancia de Certificación de Administrador Profesional vigente.
- Copia de Acuse de Fianza o Garantía entregada al Comité de Vigilancia.
Para el Registro de Administrador designado por Art. 40, se presentará:
- Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio, completa, protocolizada ante Notario Público o en su caso documento idóneo donde conste ser nombrado administrador por parte de la inmobiliaria, una copia simple y original para cotejo.
- Autorización de uso y ocupación otorgado por el Órgano Político-Administrativo que corresponda.
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