Estos son los cambios realizados sobre el artículo 118 de la LISR que debes conocer

El año comienza, y con él la vigencia de los cambios aprobados por el Congreso de la Unión como parte de la reforma fiscal 2020.  Estos son los ajustes realizados sobre el artículo 118 de la Ley de Impuesto sobre la Renta que necesitas conocer.

Recuerda que este artículo señala que arrendador se tienen las siguientes obligaciones:

  1. Solicitar su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.
  2. Llevar contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento. No quedan comprendidos en lo dispuesto en esta fracción quienes opten por la deducción del 35% a que se refiere el artículo 115 de esta Ley.
  • Expedir comprobantes fiscales por las contraprestaciones recibidas.
  1. Presentar declaraciones provisionales y anual en los términos de esta Ley.
  2. Informar a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos, que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel en el que se realice la operación, de las contraprestaciones recibidas en efectivo, en moneda nacional, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos.

Esta información estará a disposición de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los términos del segundo párrafo del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación.

Artículo 118 de la LISR

Regula las obligaciones de los arrendadores. La reforma añadió un párrafo especificando:

Cuando se trate de juicios de arrendamiento inmobiliario en los que se condene al arrendatario al pago de las rentas vencidas, la autoridad judicial requerirá al acreedor que compruebe haber emitido los comprobantes fiscales a que se refiere esta fracción.

En caso de que el acreedor no acredite haber emitido dichos comprobantes, la autoridad judicial deberá informar al Servicio de Administración Tributaria la omisión en un plazo máximo de 5 días contados a partir del vencimiento del plazo que la autoridad judicial haya otorgado al acreedor para cumplir el requerimiento.

Esta información deberá enviarse al órgano de conformidad con las reglas de carácter general que al efecto que éste emita.

¿Qué efecto causa esta reforma?

Con esta reforma, aquellos que oculten ingresos derivados del arrendamiento de inmuebles podrán ser multados.

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