Asamblea general de condóminos
Conoce su importancia y cómo está conformada
La Asamblea General de Condóminos es el órgano supremo y máxima autoridad del condominio en donde se reúnen todos propietarios y quienes estén en proceso de serlo. Ésta se celebra previa convocatoria y en ella se tratan, discuten y resuelven los asuntos de interés común del condominio.
Las Asambleas Generales de Condóminos pueden ser ordinarias y extraordinarias, esto de acuerdo a la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.
- Las ordinarias se celebran cada seis meses teniendo como finalidad informar el estado que guarda la administración del condominio, así como tratar los asuntos concernientes al mismo.
- Las extraordinarias se celebran cuando hay asuntos de carácter urgente que atender y para:
- La modificación de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio o del Reglamento Interno.
- La extinción voluntaria del Régimen de Propiedad en Condominio.
- La ejecución de obras nuevas.
- Acordar lo conducente en caso de destrucción, ruina o reconstrucción del condominio.
La Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal indica que la asamblea general deberá de estar conformada de la siguiente manera:
- ADMINISTRADOR CONDÓMINO: Es el condómino de la unidad de propiedad privativa, que no siendo administrador profesional, sea nombrado Administrador por la Asamblea General.
- ADMINISTRADOR PROFESIONAL: Persona física o moral, que demuestre capacidad y conocimientos en administración de condominios que es contratado por la Asamblea General.
- CONDÓMINO: Persona física o moral, propietaria de una o más unidades de propiedad privativa y, para los efectos de esta Ley, y su Reglamento, a la que haya celebrado contrato en virtud del cual, de cumplirse en sus términos, llegue a ser propietario bajo el régimen de propiedad en condominio.
- COMITÉ DE VIGILANCIA: Órgano de control integrado por condóminos electos en la Asamblea General, cuyo cometido entre otros, es vigilar, evaluar y dictaminar el puntual desempeño de las tareas del administrador, así como la ejecución de los acuerdos y decisiones tomados por la Asamblea General en torno a todos los asuntos comunes del condómino.
- REGLAMENTO INTERNO: Es el instrumento que regula el uso de las áreas comunes y establece las bases de sana convivencia al interior del condominio, el cual complementa y especifica las disposiciones de esta Ley de acuerdo a las características de cada condominio.
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Fuentes:
https://www.administraciondecondominios.com.mx/que-es-la-asamblea-general-de-condominos/
Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para la Ciudad de México