derechos condomino

De acuerdo a la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, el Condómino es la persona propietaria de una o más unidades de propiedad privativa y son considerados como partes integrantes del derecho de propiedad y de uso exclusivo del Condómino.

Se considera derecho de copropiedad de cada Condómino sobre las áreas y bienes de uso común y esto será proporcional conforme al indiviso de su unidad privativa.

Derechos

  1. Uso de los bienes comunes incluidas áreas verdes.
  2. Servicios e instalaciones generales conforme a su naturaleza.
  3. Contar con el respeto de los demás condóminos sobre su unidad privativa.
  4. Participar con voz y voto en las Asambleas Generales de Condóminos
  5. Solicitar información financiera a la Administración.
  6. Acudir a la PROSOC en caso de solicitar intervención por violación al Reglamento Interno
  7. Denunciar ante autoridades competentes hechos posiblemente constitutivo de algún delito en agravio del condominio o conjunto condominal.
  8. Cada propietario podrá realizar obras y reparaciones necesarias al interior de su departamento, siempre y cuando no haga modificaciones que afecte la estructura, muros de carga u otros elementos que sean esenciales del Edificio y que puedan poner en riesgo la estabilidad y seguridad del condominio
  9. Formar parte del Comité de Vigilancia de su Condominio.

Obligaciones

  1. No usar la Propiedad para uso distinto al fin establecido en la Escritura Constitutiva.
  2. No realizar acto alguno que afecte la tranquilidad de los demás condóminos, que comprometa la estabilidad y seguridad del condominio.
  3. No efectuar acto alguno al exterior del condominio, que impida la operación de los servicios comunes.
  4. No modificar muros, estructuras, ventanas, puertas de su unidad privativa, pintar o realizar obras que modifiquen la fachada externa o interna.
  5. No realizar obras fuera del horario establecido en el Reglamento Interno.
  6. No hacer mal uso de cajones de estacionamiento para otro fin distinto.
  7. Contratar póliza de seguro.
  8. Cumplir puntualmente con el pago de las cuotas para constituir el fondo de administración y mantenimiento de su Condominio

Las Cuotas ordinarias y/o extraordinarias de mantenimiento y administración, no estarán sujetas a compensaciones, ni excepciones personales o de ningún otro puesto.

para su Pagar Cuotas de Mantenimiento Ordinarias.

  1. Cumplir y Respetar el Reglamento Interno.

Nota: La información es tomada de la Leyes que rigen en ciudad de México, sin embargo los conceptos puedes ser replicados en cualquier estado o país. Por favor consulte la ley que rige en su territorio para adaptar los términos necesarios.