Los derechos y obligaciones de los Condóminos

  1. Se regirán por la Escritura Constitutiva del régimen
  2. La de compraventa correspondiente
  3. Por el Reglamento del Condominio de que se trate
  4. Por Ley
  5. Disposiciones del Código Civil para el estado de Baja California Sur, y las de otras leyes que fueran aplicables.

La constitución del régimen de propiedad en condominio

  • Es el acto jurídico mediante el cual el propietario o propietarios de un inmueble formalizan ante Notario Público
  • Declaran su voluntad de establecer esa modalidad de propiedad para su mejor aprovechamiento
  • Dos o más personas, teniendo un derecho privado, utilizan y comparten áreas o espacios de uso y propiedad común asumiendo condiciones que les permiten satisfacer sus necesidades de acuerdo al uso del inmueble, en forma conveniente y adecuada para todas y cada una de ellas, sin demérito de su Propiedad Exclusiva.